Capítulo 7Que la intención juzga nuestros actos
La muerte, se dice, nos libera de todas nuestras obligaciones. He conocido a quienes la han entendido de diversas maneras. Enrique VII, rey de Inglaterra, llegó a un acuerdo con don Felipe, hijo del emperador Maximiliano, o para confrontarlo más honrosamente, padre del emperador Carlos V, según el cual dicho Felipe entregaría en sus manos al duque de Suffolk de la Rosa Blanca, su enemigo, que había huido y se había refugiado en los Países Bajos, a condición de que prometiera no atentar contra la vida de dicho duque: sin embargo, al morir, ordenó por testamento a su hijo que lo hiciera morir apenas él hubiera fallecido. Recientemente, en esta tragedia que el duque de Alba nos hizo ver en Bruselas con los condes de Horn y de Egmont, hubo muchas cosas notables: y entre otras, que dicho conde de Egmont, bajo cuya fe y garantía se había venido a entregar el conde de Horn al duque de Alba, pidió con gran insistencia que lo hicieran morir primero, a fin de que su muerte lo liberara de la obligación que tenía con dicho conde de Horn. Parece que la muerte no liberó al primero de su palabra dada, y que el segundo quedó libre de ella, incluso sin morir. No podemos estar obligados más allá de nuestras fuerzas y de nuestros medios.
Por esta razón, dado que los efectos y las ejecuciones no están en absoluto en nuestro poder, y que no hay nada verdaderamente en nuestro poder excepto la voluntad: en ella se fundan por necesidad y se establecen todas las reglas del deber del hombre. Así pues, el conde de Egmont, manteniendo su alma y voluntad comprometidas con su promesa, aunque el poder de cumplirla no estuviera en sus manos, estaba sin duda absuelto de su deber, aunque hubiera sobrevivido al conde de Horn. Pero el rey de Inglaterra, faltando a su palabra por su intención, no puede excusarse por haber retrasado hasta después de su muerte la ejecución de su deslealtad: del mismo modo que el albañil de Heródoto, quien habiendo conservado lealmente durante su vida el secreto de los tesoros del rey de Egipto, su amo, al morir lo reveló a sus hijos. He visto a varios en mi tiempo, convencidos por su conciencia de retener lo ajeno, disponerse a repararlo por testamento, y después de su muerte. No hacen nada que valga. Ni tomar plazo para cosa tan urgente, ni querer reparar una injuria con tan poco de su sentimiento e interés. Deben lo más suyo. Y cuanto más penosamente e incómodamente pagan: tanto más justa y meritoria es su satisfacción. La penitencia exige cargarse. Todavía peor hacen aquellos que reservan la declaración de alguna voluntad de odio hacia el prójimo para su última voluntad, habiéndola ocultado durante la vida.
Y muestran tener poco cuidado del propio honor, irritando al ofendido contra su memoria: y menos de su conciencia, no habiendo sabido, ni siquiera por respeto a la muerte misma, hacer morir su malquerencia: y extendiendo la vida más allá de la suya. Jueces injustos, que posponen juzgar cuando ya no tienen conocimiento de la causa. Yo me guardaré, si puedo, de que mi muerte diga cosa que mi vida no haya dicho antes y abiertamente.
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