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Capítulo 8Del origen de las sociedades políticas

Segundo tratado sobre el gobierno civil · John Locke · 32 min de lectura

95. Siendo los hombres, como se ha dicho, por naturaleza, todos libres, iguales e independientes, nadie puede ser sacado de esta condición y sometido al poder político de otro sin su propio consentimiento. La única manera en que alguien se despoja de su libertad natural y asume los vínculos de la sociedad civil es acordando con otros hombres unirse y congregarse en una comunidad para vivir cómoda, segura y pacíficamente unos entre otros, en el disfrute seguro de sus propiedades y con mayor seguridad frente a quienes no forman parte de ella. Cualquier número de hombres puede hacer esto, porque no perjudica la libertad del resto; ellos quedan como estaban en la libertad del estado de naturaleza. Cuando un número cualquiera de hombres ha consentido así en formar una comunidad o gobierno, quedan con ello inmediatamente incorporados y forman un cuerpo político, en el cual la mayoría tiene el derecho de actuar y decidir por el resto.

96. Pues cuando un número cualquiera de hombres ha formado una comunidad mediante el consentimiento de cada individuo, han hecho con ello de esa comunidad un solo cuerpo, con poder para actuar como un solo cuerpo, lo cual sólo es posible por la voluntad y determinación de la mayoría: porque lo que mueve a cualquier comunidad es únicamente el consentimiento de los individuos que la forman, y siendo necesario que lo que es un solo cuerpo se mueva en una sola dirección, es necesario que el cuerpo se mueva hacia donde lo lleva la fuerza mayor, que es el consentimiento de la mayoría; de lo contrario, es imposible que actúe o continúe siendo un cuerpo, una comunidad, como acordaron que debía ser el consentimiento de cada individuo que se unió a ella; y así, cada uno queda obligado por ese consentimiento a someterse a lo que decida la mayoría. Y por eso vemos que en las asambleas facultadas para actuar mediante leyes positivas, cuando ningún número es establecido por esa ley positiva que las faculta, el acto de la mayoría vale como el acto del conjunto y, por consiguiente, determina, al tener, por la ley de naturaleza y razón, el poder del conjunto.

97. Y así, cada hombre, al consentir con otros en formar un cuerpo político bajo un gobierno, se pone bajo la obligación, frente a cada uno de esa sociedad, de someterse a la determinación de la mayoría y de quedar obligado por ella; pues de lo contrario, ese pacto original por el cual él y otros se incorporan en una sola sociedad no significaría nada y no sería pacto alguno, si queda libre y sin más ataduras que las que tenía antes en el estado de naturaleza. Pues ¿qué apariencia habría de pacto alguno? ¿Qué nuevo compromiso, si no quedara más atado por ningún decreto de la sociedad que lo que él mismo considerara conveniente y consintiera efectivamente? Esto seguiría siendo una libertad tan grande como la que él mismo tenía antes de su pacto, o la que cualquier otro tiene en el estado de naturaleza, quien puede someterse y consentir a cualquier acto de ella si lo considera conveniente.

98. Pues si el consentimiento de la mayoría no ha de ser recibido, razonablemente, como el acto del conjunto y obligar a cada individuo, nada sino el consentimiento de cada individuo puede hacer que algo sea el acto del conjunto: pero tal consentimiento es casi imposible de obtener jamás, si consideramos las enfermedades de salud y las ocupaciones de negocios que, en un número, aunque mucho menor que el de una república, necesariamente mantendrán a muchos alejados de la asamblea pública. A lo cual, si añadimos la variedad de opiniones y la contradicción de intereses que inevitablemente ocurren en todas las reuniones de hombres, el entrar en sociedad bajo tales términos sería como la entrada de Catón al teatro, sólo para volver a salir. Tal constitución como ésta haría que el poderoso Leviatán tuviera una duración más corta que las criaturas más débiles, y no le permitiría sobrevivir al día en que nació: lo cual no puede suponerse, hasta que podamos pensar que las criaturas racionales desearían y constituirían sociedades sólo para disolverlas: pues donde la mayoría no puede obligar al resto, allí no pueden actuar como un solo cuerpo y, en consecuencia, se disolverán inmediatamente de nuevo.

99. Quienquiera, por tanto, que salga del estado de naturaleza y se una en una comunidad, debe entenderse que cede todo el poder necesario para los fines por los cuales se unen en sociedad, a la mayoría de la comunidad, a menos que hayan acordado expresamente un número mayor que la mayoría. Y esto se hace simplemente acordando unirse en una sociedad política, que es todo el pacto que hay, o necesita haber, entre los individuos que entran o forman una república. Y así, lo que comienza y realmente constituye cualquier sociedad política no es sino el consentimiento de un número cualquiera de hombres libres capaces de formar una mayoría para unirse e incorporarse en tal sociedad. Y esto es lo que, y sólo eso, dio o pudo dar comienzo a cualquier gobierno legítimo en el mundo.

100. A esto encuentro dos objeciones. Primera, que no hay ejemplos que se encuentren en la historia de un grupo de hombres independientes e iguales entre sí que se reunieran y de esta manera comenzaran e instauraran un gobierno.

Segunda, que es imposible por derecho que los hombres hagan eso, porque todos los hombres, habiendo nacido bajo un gobierno, deben someterse a él y no están en libertad de comenzar uno nuevo.

101. A la primera hay que responder que no es en absoluto de sorprender que la historia nos dé muy poca cuenta de hombres que vivieron juntos en el estado de naturaleza. Los inconvenientes de esa condición, y el amor y la necesidad de sociedad, tan pronto reunieron a un número cualquiera de ellos, se unieron e incorporaron inmediatamente, si tenían la intención de continuar juntos. Y si no podemos suponer que los hombres alguna vez hayan estado en el estado de naturaleza porque no oímos mucho de ellos en tal estado, podríamos igualmente suponer que los ejércitos de Salmanasar o Jerjes nunca fueron niños, porque oímos poco de ellos hasta que fueron hombres y formaron ejércitos. El gobierno está en todas partes precediendo a los registros, y las letras raramente aparecen entre un pueblo hasta que una larga continuación de la sociedad civil ha provisto, mediante otras artes más necesarias, a su seguridad, bienestar y abundancia: y entonces comienzan a interesarse por la historia de sus fundadores e indagar en sus orígenes, cuando ya han sobrevivido a la memoria de ello: pues ocurre con las repúblicas como con las personas particulares, que comúnmente ignoran su propio nacimiento e infancia; y si saben algo de su origen, lo deben a los registros accidentales que otros han conservado de él. Y aquellos que tenemos del comienzo de cualquier sistema político en el mundo, exceptuando el de los judíos, donde Dios mismo intervino inmediatamente y que no favorece en absoluto el dominio paternal, son todos ejemplos claros de tal comienzo como he mencionado, o al menos tienen huellas manifiestas de ello.

102. Debe mostrar una extraña inclinación a negar hechos evidentes, cuando no concuerdan con su hipótesis, quien no admita que el comienzo de Roma y Venecia fue por la unión de varios hombres libres e independientes entre sí, entre quienes no había superioridad o sujeción natural. Y si puede tomarse la palabra de Josephus Acosta, nos dice que en muchas partes de América no había gobierno alguno.

«Hay grandes y evidentes conjeturas», dice él, «de que estos hombres», hablando de los de Perú, «durante mucho tiempo no tuvieron reyes ni repúblicas, sino que vivieron en grupos, como hacen hoy en día en Florida, los cheriquanas, los de Brasil y muchas otras naciones, que no tienen reyes ciertos, sino que según se ofrece la ocasión, en paz o en guerra, eligen a sus capitanes como les place», 1. i. c. 25.

Si se dice que cada hombre allí nació sujeto a su padre o al jefe de su familia, ya se ha probado que la sujeción debida de un hijo a su padre no le quitaba su libertad de unirse a la sociedad política que considerara conveniente. Pero sea como sea, estos hombres, es evidente, eran efectivamente libres; y cualquier superioridad que algunos políticos ahora quisieran atribuir a alguno de ellos, ellos mismos no la reclamaron, sino que por consentimiento eran todos iguales, hasta que por el mismo consentimiento establecieron gobernantes sobre sí mismos. De modo que sus sociedades políticas todas comenzaron por una unión voluntaria y el acuerdo mutuo de hombres que actuaban libremente en la elección de sus gobernantes y formas de gobierno.

103. Y espero que se reconozca que quienes se marcharon de Esparta con Palanto, mencionados por Justino, l. iii. c. 4, eran hombres libres e independientes unos de otros, y que establecieron un gobierno sobre sí mismos por su propio consentimiento. Así he dado varios ejemplos, tomados de la historia, de pueblos libres y en estado de naturaleza, que al reunirse se constituyeron e iniciaron una comunidad política. Y si la falta de tales ejemplos fuese un argumento para probar que el gobierno no fue ni podía haber comenzado así, supongo que los defensores del poder paternal harían mejor en dejarlo estar, antes que invocarlo contra la libertad natural: pues si ellos pueden dar tantos ejemplos, tomados de la historia, de gobiernos iniciados sobre la base del derecho paternal, creo que (aunque en el mejor de los casos un argumento de lo que ha sido a lo que debería ser por derecho no tiene gran fuerza) se les podría conceder la causa sin mucho peligro. Pero si me permitieran aconsejarles en este asunto, harían bien en no indagar demasiado en el origen de los gobiernos tal como han comenzado de facto, no sea que descubran, en los cimientos de la mayoría de ellos, algo muy poco favorable al propósito que promueven, y un poder como aquel por el que ellos pugnan.

104. Pero para concluir, siendo evidente la razón de nuestra parte en que los hombres son naturalmente libres, y mostrando los ejemplos de la historia que los gobiernos del mundo que comenzaron en paz tuvieron su origen establecido sobre ese fundamento, y fueron creados por el consentimiento del pueblo; apenas puede quedar margen para la duda, ya sea sobre dónde está el derecho, o cuál ha sido la opinión o la práctica de la humanidad acerca de la primera erección de gobiernos.

105. No negaré que si miramos hacia atrás tanto como la historia nos lo permita, hacia el origen de las comunidades políticas, generalmente las encontraremos bajo el gobierno y la administración de un solo hombre. Y también estoy inclinado a creer que cuando una familia era lo bastante numerosa para subsistir por sí misma, y continuaba entera y unida, sin mezclarse con otras, como ocurre a menudo donde hay mucha tierra y poca gente, el gobierno comúnmente comenzaba en el padre: pues el padre, teniendo por la ley de naturaleza el mismo poder que cualquier otro hombre para castigar, como le pareciese oportuno, cualquier ofensa contra esa ley, podía con ello castigar a sus hijos transgresores, incluso cuando eran hombres y estaban fuera de su tutela; y era muy probable que ellos se sometiesen a su castigo, y todos se unieran con él contra el ofensor, en sus respectivos turnos, dándole así poder para ejecutar su sentencia contra cualquier transgresión, y de ese modo convertirlo en efecto en el legislador y gobernante de todos los que permanecían unidos con su familia. Él era el más indicado para ser confiado; el afecto paternal aseguraba su propiedad e interés bajo su cuidado; y la costumbre de obedecerle en la infancia hacía más fácil someterse a él antes que a cualquier otro. Si por tanto debían tener a alguien que los gobernara, pues difícilmente puede evitarse el gobierno entre hombres que viven juntos; ¿quién tan probable de ser ese hombre como aquel que era su padre común; a menos que la negligencia, crueldad, o cualquier otro defecto de mente o cuerpo lo hicieran inadecuado para ello? Pero cuando el padre moría y dejaba como próximo heredero a alguien que, por falta de edad, sabiduría, valor, u otras cualidades, era menos apto para gobernar; o cuando varias familias se encontraban y consentían en continuar juntas; entonces, no cabe duda de que usaban su libertad natural para establecer a quien juzgaban más capaz y con más probabilidades de gobernarlos bien. Conforme a esto encontramos que los pueblos de América, que (viviendo fuera del alcance de las espadas conquistadoras y la dominación expansiva de los dos grandes imperios de Perú y México) disfrutaban de su propia libertad natural, aunque, caeteris paribus, comúnmente prefieren al heredero de su rey difunto; sin embargo, si lo encuentran de algún modo débil o incapaz, lo pasan por alto y establecen como gobernante al hombre más robusto y valiente.

106. Así, aunque mirando hacia atrás tanto como los registros nos dan cuenta del poblamiento del mundo y la historia de las naciones, comúnmente encontramos el gobierno en una sola mano; esto no destruye lo que afirmo, a saber, que el comienzo de la sociedad política depende del consentimiento de los individuos para unirse y formar una sola sociedad; quienes, una vez incorporados así, podían establecer la forma de gobierno que consideraran apropiada. Pero habiendo esto dado ocasión a los hombres para equivocarse y pensar que por naturaleza el gobierno era monárquico y pertenecía al padre, no estará de más considerar aquí por qué la gente al principio generalmente se inclinó por esta forma, la cual, aunque quizá la preeminencia del padre pudo, en la primera institución de algunas comunidades políticas, dar origen y colocar al principio el poder en una sola mano; sin embargo es claro que la razón que continuó la forma de gobierno en una sola persona no fue consideración o respeto alguno por la autoridad paternal; puesto que todas las monarquías pequeñas, es decir, casi todas las monarquías, cerca de su origen, han sido comúnmente, al menos en ciertas ocasiones, electivas.

107. Primero entonces, en el comienzo de las cosas, el gobierno del padre sobre la infancia de quienes nacieron de él, habiéndolos acostumbrado a la autoridad de un solo hombre, y enseñándoles que cuando esta se ejercía con cuidado y habilidad, con afecto y amor hacia quienes estaban bajo ella, era suficiente para procurar y preservar a los hombres toda la felicidad política que buscaban en sociedad. No era sorprendente que se inclinaran por, y naturalmente cayeran en esa forma de gobierno a la cual desde su infancia habían estado todos acostumbrados; y que, por experiencia, habían encontrado tanto fácil como segura. A lo cual, si añadimos que la monarquía, siendo simple y más obvia para los hombres, a quienes ni la experiencia había instruido en formas de gobierno, ni la ambición o insolencia del poder les había enseñado a precaverse de las intromisiones de la prerrogativa, o de los inconvenientes del poder absoluto, que la monarquía hereditaria tendía a reclamar e imponerles, no era en absoluto extraño que no se molestaran mucho en pensar en métodos para restringir cualquier exceso de aquellos a quienes habían dado autoridad sobre ellos, y de equilibrar el poder de gobierno colocando varias partes de él en manos diferentes. No habían experimentado la opresión de la dominación tiránica, ni la costumbre de la época, ni sus posesiones o modo de vida (que ofrecían poca materia para la codicia o la ambición) les daban razón alguna para temerla o precaverse contra ella; y por tanto no es sorprendente que se pusieran bajo una estructura de gobierno que no solo era, como dije, la más obvia y simple, sino también la más adecuada a su estado y condición presentes; que necesitaban más defensa contra invasiones y agresiones extranjeras que multiplicidad de leyes. La igualdad de un modo de vida simple y pobre, que limitaba sus deseos dentro de los estrechos límites de la pequeña propiedad de cada hombre, generaba pocas controversias, y por tanto no había necesidad de muchas leyes para resolverlas, ni variedad de funcionarios para supervisar el proceso o vigilar la ejecución de la justicia, donde había pocas transgresiones y pocos ofensores. Puesto que aquellos que se agradan tanto unos a otros como para unirse en sociedad no pueden menos que suponerse con algún conocimiento y amistad entre sí, y alguna confianza mutua; no podían dejar de tener mayores recelos de otros que de sí mismos: y por tanto su primer cuidado y preocupación no pueden menos que suponerse dirigidos a cómo asegurarse contra la fuerza extranjera. Era natural que se pusieran bajo una estructura de gobierno que pudiera servir mejor a ese fin, y eligieran al hombre más sabio y valiente para conducirlos en sus guerras y liderarlos contra sus enemigos, y en esto principalmente ser su gobernante.

108. Así vemos que los reyes de los indios en América, que es aún un modelo de las primeras edades en Asia y Europa, mientras los habitantes eran demasiado pocos para el país, y la falta de gente y dinero no daba a los hombres tentación alguna de ampliar sus posesiones de tierra, o disputar por mayor extensión de territorio, son poco más que generales de sus ejércitos; y aunque mandan de manera absoluta en la guerra, sin embargo en casa y en tiempo de paz ejercen muy poco dominio, y tienen una soberanía muy moderada, estando las resoluciones de paz y guerra ordinariamente en el pueblo o en un consejo. Aunque la guerra misma, que no admite pluralidad de gobernantes, naturalmente delega el mando en la autoridad exclusiva del rey.

109. Y así, en el propio Israel, la principal tarea de sus jueces y primeros reyes parece haber sido la de capitanes en la guerra y jefes de sus ejércitos; lo cual (además de lo que se expresa con salir y entrar delante del pueblo, que significaba marchar a la guerra y volver a casa al frente de sus fuerzas) aparece claramente en la historia de Jefté. Los amonitas hicieron la guerra a Israel, y los galaaditas, atemorizados, enviaron a buscar a Jefté, un bastardo de su familia a quien habían expulsado, y pactaron con él que, si los ayudaba contra los amonitas, lo harían su gobernante; cosa que hicieron con estas palabras: «Y el pueblo lo hizo cabeza y capitán sobre ellos», Jueces xi, 11, lo que era, según parece, lo mismo que ser juez. «Y juzgó a Israel», Jueces xii, 7, es decir, fue su capitán general durante seis años. Así, cuando Jotam reprocha a los siquemitas la obligación que tenían con Gedeón, que había sido su juez y gobernante, les dice: «Él luchó por vosotros y arriesgó su vida, y os libró de manos de Madián», Jueces ix, 17. No se menciona nada de él salvo lo que hizo como general; y, en efecto, eso es todo lo que se encuentra en su historia o en la de cualquiera de los demás jueces. Y Abimelec en particular es llamado rey, aunque a lo sumo no fue sino su general. Y cuando, cansados de la mala conducta de los hijos de Samuel, los hijos de Israel desearon un rey, como todas las naciones, para que los juzgara, saliera delante de ellos y librara sus batallas, I Samuel viii, 20, Dios, concediendo su deseo, dice a Samuel: «Te enviaré un hombre, y lo ungirás para que sea capitán sobre mi pueblo Israel, a fin de que salve a mi pueblo de manos de los filisteos», ix, 16. Como si la única tarea de un rey hubiera sido conducir sus ejércitos y luchar en su defensa; y, en consecuencia, en su investidura, al derramar un frasco de aceite sobre él, declara a Saúl que el Señor lo ha ungido para ser capitán sobre su herencia, x, 1. Y por eso quienes, después de que Saúl fuera solemnemente elegido y saludado como rey por las tribus en Mizpa, no estaban dispuestos a tenerlo como rey, no pusieron otra objeción sino esta: «¿Cómo nos salvará este hombre?», v, 27, como si hubieran dicho: este hombre no es apto para ser nuestro rey, pues no tiene suficiente habilidad ni capacidad en la guerra para poder defendernos. Y cuando Dios decidió transferir el gobierno a David, lo hace con estas palabras: «Pero ahora tu reino no continuará: el Señor ha buscado un hombre conforme a su corazón, y el Señor le ha ordenado que sea capitán sobre su pueblo», xiii, 14. Como si toda la autoridad real no fuera otra cosa que ser su general; y por eso las tribus que se habían mantenido fieles a la familia de Saúl y se habían opuesto al reinado de David, cuando vinieron a Hebrón con términos de sumisión a él, le dijeron, entre otros argumentos que tenían para someterse a él como a su rey, que en efecto había sido su rey en tiempos de Saúl, y que por tanto no tenían razón alguna para no recibirlo ahora como su rey. «También» (dicen) «en el tiempo pasado, cuando Saúl era rey sobre nosotros, tú eras quien conducía y traía a Israel, y el Señor te dijo: Tú apacentarás a mi pueblo Israel, y tú serás capitán sobre Israel».

110. Así pues, ya sea que una familia creciera gradualmente hasta convertirse en una comunidad política, y que la autoridad paterna, al continuar en el hijo mayor, hiciera que cada uno, creciendo bajo ella a su turno, se sometiera tácitamente a ella, y que la facilidad e igualdad de la misma, al no ofender a nadie, hiciera que todos la aceptaran, hasta que el tiempo pareció haberla confirmado y establecido un derecho de sucesión por prescripción; o ya sea que varias familias, o los descendientes de varias familias, que el azar, la vecindad o los negocios reunieron, se unieran en sociedad, la necesidad de un general cuya conducción pudiera defenderlos contra sus enemigos en la guerra, y la gran confianza que la inocencia y sinceridad de aquella época pobre pero virtuosa (como son casi todas las que dan inicio a gobiernos que llegan a durar en el mundo) daba a los hombres unos en otros, hizo que los primeros fundadores de comunidades políticas pusieran generalmente el gobierno en manos de un solo hombre, sin ninguna otra limitación o restricción expresa que la que la naturaleza de la cosa y el fin del gobierno requerían: cualquiera que fuera la causa que al principio puso el gobierno en manos de una sola persona, es cierto que nadie fue investido con él sino para el bien y la seguridad públicos, y con esos fines, en las infancias de las comunidades políticas, quienes lo tenían lo usaban comúnmente. Y a menos que lo hubieran hecho así, las sociedades jóvenes no habrían podido subsistir; sin tales padres nutricios, tiernos y cuidadosos del bienestar público, todos los gobiernos habrían sucumbido bajo la debilidad y las enfermedades de su infancia, y el príncipe y el pueblo habrían perecido pronto juntos.

111. Pero aunque la edad de oro (antes de que la vana ambición y el amor sceleratus habendi, la malvada concupiscencia, hubieran corrompido las mentes de los hombres induciéndolas a un error sobre el verdadero poder y honor) tuvo más virtud y, en consecuencia, mejores gobernantes, así como súbditos menos viciosos, y entonces no había por un lado extensión de la prerrogativa para oprimir al pueblo, ni, en consecuencia, por el otro, ninguna disputa sobre privilegios para disminuir o restringir el poder del magistrado, y por tanto ninguna contienda entre gobernantes y pueblo acerca de los gobernadores o el gobierno: sin embargo, cuando la ambición y el lujo en épocas futuras quisieron conservar y aumentar el poder sin hacer el trabajo para el cual fue dado, y ayudados por la adulación enseñaron a los príncipes a tener intereses distintos y separados de los de su pueblo, los hombres encontraron necesario examinar más cuidadosamente el origen y los derechos del gobierno, y encontrar maneras de restringir los excesos y prevenir los abusos de aquel poder que, habiendo confiado en manos de otro solo para su propio bien, descubrieron que se usaba para perjudicarlos.

112. Así podemos ver cuán probable es que pueblos que eran naturalmente libres, y que por su propio consentimiento se sometieron al gobierno de su padre o se unieron procedentes de diferentes familias para hacer un gobierno, pusieran generalmente el gobierno en manos de un solo hombre y eligieran estar bajo la conducción de una sola persona, sin siquiera limitar o regular su poder mediante condiciones expresas, confiando en que estaría suficientemente seguro en su honestidad y prudencia; aunque nunca soñaron que la monarquía fuera de derecho divino, cosa de la que nunca oímos hablar entre la humanidad hasta que nos fue revelada por la teología de esta última época; ni nunca admitieron que el poder paternal tuviera derecho a dominar o que fuera el fundamento de todo gobierno. Y esto puede bastar para mostrar que, en la medida en que tenemos alguna luz de la historia, tenemos razón para concluir que todos los comienzos pacíficos del gobierno se han fundado en el consentimiento del pueblo. Digo pacíficos, porque tendré ocasión en otro lugar de hablar de la conquista, que algunos estiman como una forma de comenzar los gobiernos.

La otra objeción que encuentro planteada contra el comienzo de las sociedades políticas, de la manera que he mencionado, es esta, a saber:

113. Que, habiendo nacido todos los hombres bajo algún gobierno u otro, es imposible que alguno de ellos pueda ser alguna vez libre y en libertad de unirse y comenzar uno nuevo, o pueda ser capaz de erigir un gobierno legítimo.

Si este argumento es válido, pregunto: ¿cómo llegaron tantas monarquías legítimas a existir en el mundo? Pues si alguien, sobre esta suposición, puede mostrarme un solo hombre en cualquier época del mundo libre para comenzar una monarquía legítima, yo me comprometo a mostrarle a diez hombres libres en libertad, al mismo tiempo, de unirse y comenzar un nuevo gobierno bajo una forma regia o cualquier otra; siendo una demostración que, si alguien nacido bajo el dominio de otro puede ser tan libre como para tener derecho a mandar a otros en un imperio nuevo y distinto, cada uno que nazca bajo el dominio de otro puede ser igualmente libre, y puede convertirse en gobernante o súbdito de un gobierno separado y distinto. Y así, por este principio suyo, o bien todos los hombres, como quiera que hayan nacido, son libres, o bien hay un solo príncipe legítimo, un solo gobierno legítimo en el mundo. Y entonces no tienen más que hacer sino simplemente mostrarnos cuál es; lo cual, cuando lo hayan hecho, no dudo que toda la humanidad accederá fácilmente a obedecerlo.

114. Aunque sea respuesta suficiente a su objeción mostrar que los envuelve en las mismas dificultades que a aquellos contra quienes la emplean, procuraré descubrir un poco más la debilidad de este argumento. Todos los hombres, dicen, nacen bajo un gobierno, y por tanto no pueden tener la libertad de comenzar uno nuevo. Cada uno nace súbdito de su padre o de su príncipe, y por tanto está bajo el lazo perpetuo de sujeción y lealtad. Es claro que la humanidad nunca reconoció ni consideró tal sujeción natural en la que hubiera nacido, hacia uno u otro, que los atara, sin sus propios consentimientos, a una sujeción hacia ellos y sus herederos.

115. Pues no hay ejemplos tan frecuentes en la historia, tanto sagrada como profana, como los de hombres que se retiran, ellos y su obediencia, de la jurisdicción bajo la cual nacieron, y de la familia o comunidad en la que fueron criados, y establecen nuevos gobiernos en otros lugares; de donde surgió aquel número de pequeñas repúblicas al comienzo de las edades, que siempre se multiplicaron mientras hubo espacio suficiente, hasta que las más fuertes, o más afortunadas, se tragaron a las más débiles; y aquellas grandes, al romperse en pedazos, se disolvieron en dominios menores. Todo lo cual son otros tantos testimonios contra la soberanía paterna, y prueban claramente que no fue el derecho natural del padre, descendiendo a sus herederos, lo que hizo los gobiernos en el principio, pues era imposible, sobre ese fundamento, que hubiera habido tantos pequeños reinos; todos habrían tenido que ser una sola monarquía universal, si los hombres no hubieran tenido la libertad de separarse de sus familias y del gobierno, fuera el que fuera, que se hubiera establecido en ellas, e ir y formar repúblicas distintas y otros gobiernos, como les pareciera conveniente.

116. Esta ha sido la práctica del mundo desde su primer comienzo hasta hoy; ni es ahora mayor impedimento para la libertad de la humanidad que nazcan bajo sistemas políticos constituidos y antiguos, que tienen leyes establecidas y formas de gobierno fijas, que si nacieran en los bosques, entre los habitantes sin restricciones que corren sueltos por ellos: pues aquellos que querrían persuadirnos de que, por nacer bajo algún gobierno, somos naturalmente súbditos de él, y no tenemos ya ningún título ni pretensión a la libertad del estado de naturaleza, no tienen otra razón (dejando de lado la del poder paterno, que ya hemos respondido) que ofrecer al respecto, sino solamente que nuestros padres o progenitores cedieron su libertad natural, y con ello se obligaron a sí mismos y a su posteridad a una sujeción perpetua al gobierno al cual ellos mismos se sometieron. Es cierto que cualesquiera compromisos o promesas que alguien haya hecho por sí mismo, está bajo la obligación de ellos, pero no puede, mediante pacto alguno, obligar a sus hijos o posteridad: pues su hijo, cuando es hombre, siendo por completo tan libre como el padre, ningún acto del padre puede quitar la libertad del hijo más de lo que puede la de cualquier otro: puede ciertamente anexar tales condiciones a la tierra que disfrutó como súbdito de alguna república, que obliguen a su hijo a ser de esa comunidad, si quiere disfrutar de aquellas posesiones que fueron de su padre; porque siendo esa propiedad de su padre, él puede disponer o establecer sobre ella como le plazca.

117. Y esto ha dado generalmente ocasión al error en este asunto; porque las repúblicas, al no permitir que ninguna parte de sus dominios sea desmembrada ni disfrutada sino por aquellos de su comunidad, el hijo no puede ordinariamente disfrutar las posesiones de su padre sino bajo los mismos términos que su padre, haciéndose miembro de la sociedad; con lo cual se coloca inmediatamente bajo el gobierno que encuentra allí establecido, tanto como cualquier otro súbdito de esa república. Y así el consentimiento de hombres libres, nacidos bajo un gobierno, que es lo único que los hace miembros de él, al darse por separado en sus turnos, conforme cada uno llega a la mayoría de edad, y no en multitud conjunta, la gente no lo advierte, y pensando que no se hace en absoluto, o que no es necesario, concluyen que son naturalmente súbditos así como son hombres.

118. Pero es claro que los gobiernos mismos lo entienden de otro modo; no reclaman ningún poder sobre el hijo a causa del que tuvieron sobre el padre; ni consideran a los niños como súbditos suyos por serlo sus padres. Si un súbdito de Inglaterra tiene un hijo con una mujer inglesa en Francia, ¿de quién es súbdito? No del rey de Inglaterra; pues debe obtener permiso para ser admitido a los privilegios de este; ni del rey de Francia; pues ¿cómo entonces tiene su padre la libertad de llevárselo y criarlo como le plazca? ¿Y quién fue jamás juzgado como traidor o desertor si abandonó o combatió contra un país por haber nacido meramente en él de padres que eran extranjeros allí? Es claro entonces, por la práctica de los gobiernos mismos, así como por la ley de la recta razón, que un niño nace súbdito de ningún país ni gobierno. Está bajo la tutela y autoridad de su padre hasta que llega a la edad de discernimiento; y entonces es un hombre libre, en libertad de elegir bajo qué gobierno se pondrá, a qué cuerpo político se unirá: pues si el hijo de un inglés, nacido en Francia, está en libertad y puede hacerlo así, es evidente que no hay ningún lazo sobre él por el hecho de que su padre sea súbdito de este reino; ni está obligado por ningún pacto de sus antepasados. ¿Y por qué entonces no ha de tener su hijo, por la misma razón, la misma libertad, aunque nazca en cualquier otro lugar? Puesto que el poder que un padre tiene naturalmente sobre sus hijos es el mismo dondequiera que nazcan, y los lazos de las obligaciones naturales no están delimitados por los límites positivos de reinos y repúblicas.

119. Siendo todo hombre, como se ha mostrado, naturalmente libre, y no pudiendo nada ponerlo en sujeción a ningún poder terrenal sino únicamente su propio consentimiento, hay que considerar qué ha de entenderse como declaración suficiente del consentimiento de un hombre para hacerlo súbdito a las leyes de algún gobierno. Hay una distinción común entre un consentimiento expreso y uno tácito, que atañerá a nuestro caso presente. Nadie duda de que un consentimiento expreso de cualquier hombre que entra en alguna sociedad lo hace miembro perfecto de esa sociedad, súbdito de ese gobierno. La dificultad está en qué debe considerarse como consentimiento tácito, y hasta dónde obliga, es decir, hasta dónde ha de considerarse que alguien ha consentido, y con ello se ha sometido a algún gobierno, cuando no ha hecho ninguna expresión de ello en absoluto. Y a esto digo que todo hombre que tenga cualesquiera posesiones, o disfrute, de alguna parte de los dominios de algún gobierno, da con ello su consentimiento tácito, y está en esa medida obligado a obedecer las leyes de ese gobierno, durante tal disfrute, tanto como cualquiera bajo él; ya sea esta posesión suya de tierra, para él y sus herederos para siempre, o un alojamiento solo por una semana; o ya sea meramente viajar libremente por el camino; y en efecto, alcanza hasta el mero estar de alguien dentro de los territorios de ese gobierno.

120. Para entender esto mejor, conviene considerar que todo hombre, cuando se incorpora por primera vez a alguna república, mediante su unión a ella anexa también, y somete a la comunidad, aquellas posesiones que tiene o adquirirá, que no pertenezcan ya a algún otro gobierno: pues sería una contradicción directa que alguien entrara en sociedad con otros para asegurar y regular la propiedad, y sin embargo suponer que su tierra, cuya propiedad ha de ser regulada por las leyes de la sociedad, quedara exenta de la jurisdicción de ese gobierno del cual él mismo, el propietario de la tierra, es súbdito. Por el mismo acto, por tanto, mediante el cual alguien une su persona, que antes era libre, a alguna república, une también a ella sus posesiones, que antes eran libres; y ambas, persona y posesión, quedan sujetas al gobierno y dominio de esa república mientras esta tenga existencia. Quienquiera, por tanto, que de ahí en adelante, por herencia, compra, permiso, o de otras maneras, disfrute alguna parte de la tierra así anexada y bajo el gobierno de esa república, debe tomarla con la condición en que está; es decir, sometiéndose al gobierno de la república bajo cuya jurisdicción está, en la medida de cualquier súbdito de ella.

121. Pero como el gobierno tiene jurisdicción directa solo sobre la tierra, y alcanza al poseedor de ella (antes de que se haya incorporado efectivamente a la sociedad) únicamente en cuanto habita en ella y la disfruta, la obligación que cualquiera tiene, en virtud de tal disfrute, de someterse al gobierno, empieza y termina con el disfrute; de modo que cuando el propietario, que no ha dado más que ese consentimiento tácito al gobierno, quiera, por donación, venta o de cualquier otro modo, abandonar dicha posesión, queda en libertad de irse e incorporarse a cualquier otra comunidad política; o de acordar con otros comenzar una nueva, in vacuis locis, en cualquier parte del mundo donde puedan encontrar un lugar libre y despoblado: mientras que aquel que una vez, mediante un acuerdo efectivo y alguna declaración expresa, ha dado su consentimiento para pertenecer a una comunidad política, está perpetua e indispensablemente obligado a ser, y a permanecer inalterablemente, súbdito de ella, y nunca puede volver a estar en la libertad del estado de naturaleza; a menos que, por alguna calamidad, el gobierno bajo el que estaba llegue a disolverse; o que, por algún acto público, lo excluya de seguir siendo miembro de ella.

122. Pero someterse a las leyes de cualquier país, vivir tranquilamente y disfrutar de privilegios y protección bajo ellas, no hace de un hombre miembro de esa sociedad: esto es solo una protección local y un homenaje debido a y por parte de todos aquellos que, no estando en estado de guerra, entran en los territorios pertenecientes a cualquier gobierno, a todas las partes de los cuales se extiende la fuerza de sus leyes. Pero esto no hace más de un hombre un miembro de esa sociedad, un súbdito perpetuo de esa comunidad política, de lo que haría de un hombre súbdito de otro en cuya familia le resultara conveniente residir durante algún tiempo; aunque, mientras permaneciera en ella, estuviera obligado a cumplir con las leyes y someterse al gobierno que encontrara allí. Y así vemos que los extranjeros, por vivir toda su vida bajo otro gobierno y disfrutar de los privilegios y la protección de este, aunque están obligados, incluso en conciencia, a someterse a su administración tanto como cualquier ciudadano, no por ello llegan a ser súbditos o miembros de esa comunidad política. Nada puede hacer de un hombre tal cosa, sino su entrada efectiva en ella mediante un compromiso positivo, y una promesa y pacto expresos. Esto es lo que pienso respecto al comienzo de las sociedades políticas, y al consentimiento que hace de cualquiera miembro de una comunidad política.

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