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Libro IV

La Política · Aristóteles · 52 min de lectura

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En todas las artes y ciencias que no se ocupan parcialmente de algo, sino que están completas respecto a un género determinado, corresponde a una sola estudiar lo que conviene a cada género; por ejemplo, qué tipo de ejercicio físico le conviene a qué tipo de cuerpo, cuál es el mejor (pues necesariamente el mejor ha de convenir al cuerpo mejor dotado por naturaleza y provisto de los mejores medios), y cuál es el único que conviene a la mayoría de todos (pues también esto es tarea de la gimnástica). Además, si alguien no desea alcanzar la condición ni el conocimiento propios de la competición deportiva, no por ello corresponde menos al entrenador y al maestro de gimnasia proporcionar también esa capacidad. Vemos que esto mismo ocurre de manera similar con la medicina, la construcción naval, la confección de vestidos y con cualquier otra técnica. De modo que es evidente que corresponde también a la misma ciencia estudiar, respecto a la constitución, cuál es la mejor y qué características debería tener para ser lo más deseable posible si nada exterior lo impide; cuál conviene a quiénes (pues para muchos quizá es imposible alcanzar la mejor, de modo que no deben pasar desapercibidas al buen legislador y al verdadero político ni la mejor en absoluto ni la mejor dadas las circunstancias); además, en tercer lugar, la que parte de una hipótesis (pues es necesario poder estudiar también la constitución dada, cómo podría originarse desde el principio y, una vez establecida, de qué manera podría conservarse durante el mayor tiempo posible).

Me refiero, por ejemplo, al caso de que a una ciudad le haya tocado no regirse por la mejor constitución por carecer de lo necesario, ni por la que es posible dadas sus condiciones, sino por alguna de peor calidad. Además de todo esto, es necesario conocer la constitución que más conviene a todas las ciudades, de modo que la mayoría de los que exponen sus ideas sobre la constitución, aunque digan bien lo demás, yerran en lo útil. Pues no solo hay que estudiar la mejor, sino también la posible, e igualmente la más fácil y más común a todas. Pero ahora unos buscan únicamente la más elevada, que requiere abundantes recursos, mientras que otros, al hablar de alguna más común, eliminan las constituciones existentes y alaban la espartana o alguna otra. Es necesario proponer un orden tal que fácilmente, a partir de las condiciones existentes, puedan convencerse de adoptarlo y sean capaces de compartirlo, ya que no es menor tarea enmendar una constitución que establecerla desde el principio, al igual que reaprender algo que aprenderlo desde el principio.

Por eso, además de lo dicho, el político debe ser capaz de ayudar también a las constituciones existentes, como ya se dijo anteriormente. Pero esto es imposible si se ignora cuántas formas de constitución hay. Ahora bien, algunos creen que hay una sola democracia y una sola oligarquía, pero esto no es verdad. De modo que no deben pasar desapercibidas las diferencias entre las constituciones, cuántas son y de cuántas maneras se combinan. Con esta misma prudencia hay que ver también cuáles son las mejores leyes y cuáles las que convienen a cada una de las constituciones. Pues las leyes deben establecerse en función de las constituciones, y así las establecen todos, y no las constituciones en función de las leyes. La constitución es la organización que tienen las ciudades respecto a las magistraturas: de qué manera están distribuidas, qué es lo que tiene autoridad en la constitución y cuál es el fin de cada comunidad. Las leyes son las normas separadas de las que definen la constitución, conforme a las cuales deben gobernar los magistrados y deben protegerse contra quienes las transgreden.

De modo que es evidente que es necesario tener las diferencias y la definición de cada constitución también para el establecimiento de las leyes; pues no es posible que las mismas leyes convengan a todas las oligarquías ni a todas las democracias, si es que hay varias democracias y no una sola, ni tampoco una sola oligarquía. [ ] Puesto que en nuestra primera investigación sobre las constituciones distinguimos tres constituciones correctas —monarquía, aristocracia y república—, y tres desviaciones de estas —tiranía de la monarquía, oligarquía de la aristocracia y democracia de la república—, y ya se ha hablado de la aristocracia y de la monarquía (pues estudiar la mejor constitución es lo mismo que hablar de estos nombres, ya que cada una de ellas quiere estar constituida según la virtud provista de los medios necesarios), y además se ha determinado anteriormente en qué se diferencian entre sí la aristocracia y la monarquía, y cuándo debe considerarse que hay monarquía, queda por tratar sobre la constitución que se llama con el nombre común, y sobre las demás constituciones: oligarquía, democracia y tiranía.

Es evidente también cuál de estas desviaciones es la peor y cuál la segunda. Necesariamente la desviación de la primera y más divina es la peor, y la monarquía necesariamente o bien solo tiene el nombre sin serlo, o bien existe gracias a la gran superioridad del que reina. De modo que la tiranía, siendo la peor, es la que más dista de ser una constitución; en segundo lugar está la oligarquía (pues la aristocracia difiere mucho de esta constitución); y la más moderada es la democracia. Ya uno de los autores anteriores se pronunció así, pero no atendiendo a lo mismo que nosotros. Aquel juzgaba que, siendo todas aceptables —por ejemplo, una oligarquía respetable y las demás—, la peor era la democracia, pero que entre las malas era la mejor. Nosotros, en cambio, decimos que estas están totalmente equivocadas, y que no está bien decir que una oligarquía es mejor que otra, sino menos mala.

Pero dejemos ahora de lado este tipo de juicio. Nosotros debemos distinguir primero cuántas diferencias hay entre las constituciones, si es que hay varias formas tanto de democracia como de oligarquía; después, cuál es la más común y cuál la más preferible después de la mejor constitución; y si existe alguna otra que sea aristocrática y bien constituida, pero que no convenga a la mayoría de las ciudades, cuál es; después también cuál de las demás es preferible para quiénes (pues quizá para unos es más necesaria la democracia que la oligarquía, y para otros esta más que aquella). Después de esto, de qué manera debe establecerlas quien lo desee, me refiero a cada forma de democracia y, a su vez, de oligarquía. Por último, cuando hayamos hecho mención breve de todo esto en la medida de lo posible, debemos intentar examinar cuáles son las causas de destrucción y cuáles las de conservación de las constituciones, tanto en general como de cada una por separado, y por qué causas es natural que ocurran principalmente.

La causa de que haya varias constituciones es que toda ciudad tiene varias partes en cuanto al número. En primer lugar vemos que todas las ciudades están compuestas de familias; después, que dentro de esta multitud necesariamente unos son ricos, otros pobres y otros de clase media; y tanto de los ricos como de los pobres, unos están armados como hoplitas y otros desarmados. Y vemos que el pueblo se divide en el agrícola, el mercantil y el artesano. También entre los notables hay diferencias según la riqueza y la magnitud de sus propiedades, como la cría de caballos (pues esto no es fácil hacerlo sin ser rico; por eso en los tiempos antiguos cuantas ciudades tenían su fuerza en los caballos, entre ellas había oligarquías; y usaban los caballos para las guerras contra los vecinos, como los eretrios, los calcidios, los magnetes del Meandro y muchos otros de los de Asia).

Además de las diferencias según la riqueza, está la que se da según el linaje y la que se da según la virtud; y si hay alguna otra parte de la ciudad de este tipo, como se dijo en lo relativo a la aristocracia. Pues allí distinguimos de cuántas partes necesarias consta toda ciudad; de estas partes, unas veces todas participan de la constitución, otras veces menos y otras más. Es evidente, por tanto, que necesariamente hay varias constituciones que difieren entre sí en su forma, ya que también estas partes difieren entre sí en su forma. Pues la constitución es la organización de las magistraturas, y todos las distribuyen o según el poder de los que participan o según cierta igualdad común entre ellos —me refiero, por ejemplo, a la de los pobres o la de los ricos, o alguna común a ambos—. Necesariamente, pues, hay tantas constituciones como ordenaciones según las superioridades y según las diferencias de las partes.

Parece que hay sobre todo dos, al igual que en los vientos se dice que unos son del norte y otros del sur, y los demás son desviaciones de estos; así también entre las constituciones hay dos: democracia y oligarquía. Pues consideran que la aristocracia es una forma de oligarquía, como si fuera una oligarquía determinada, y que la llamada república es democracia, igual que entre los vientos el céfiro pertenece al norte y el euro al sur. De manera similar ocurre con las armonías, según dicen algunos; pues también allí establecen dos formas, la dórica y la frigia, y llaman a las demás composiciones unas dóricas y otras frigias. Así pues, están acostumbrados sobre todo a concebir así las constituciones. Pero es más verdadero y mejor, según nosotros hemos distinguido, que siendo dos o una la bien constituida, las demás sean desviaciones, unas de la armonía bien mezclada y otras de la mejor constitución: oligárquicas las más tensas y despóticas, y democráticas las relajadas y blandas.

No se debe definir la democracia, como acostumbran a hacer algunos ahora, simplemente así: donde tiene autoridad la multitud (pues también en las oligarquías y en todas partes la parte mayor tiene autoridad); ni oligarquía: donde tienen autoridad pocos sobre la constitución. Pues si el total fueran mil trescientos, y de estos mil fueran ricos y no dieran participación en las magistraturas a los trescientos pobres siendo libres y semejantes en lo demás, nadie diría que estos se gobiernan democráticamente. De manera similar, si los pobres fueran pocos pero más fuertes que los ricos siendo más numerosos, nadie llamaría oligarquía a tal régimen si los demás, siendo ricos, no participaran de los honores. Hay que decir más bien que hay democracia cuando los libres tienen autoridad, y oligarquía cuando la tienen los ricos, pero resulta que los unos son muchos y los otros pocos.

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Pues los libres son muchos, pero los ricos son pocos. Y es que incluso si distribuyeran los cargos según la estatura, como dicen que ocurre en Etiopía, o según la belleza, habría una oligarquía, pues el número de los hermosos y el de los altos es pequeño. Pero ni siquiera con estos criterios basta para distinguir adecuadamente estos regímenes. Más bien, puesto que hay varios sectores tanto en la democracia como en la oligarquía, hay que añadir todavía que tampoco es una democracia cuando los libres, siendo pocos, gobiernan sobre una mayoría de no libres, como en Apolonia del Jónico y en Tera (pues en cada una de estas ciudades tenían los honores los que destacaban por su nobleza y los que primero fundaron las colonias, siendo pocos entre muchos), ni cuando los ricos lo hacen por ser superiores en número, como antiguamente en Colofón (allí la mayoría poseía grandes propiedades antes de producirse la guerra contra los lidios); sino que hay democracia cuando los libres y pobres, siendo la mayoría, tienen el poder soberano, y hay oligarquía cuando lo tienen los ricos y de mejor linaje, siendo pocos.

Que existen varias constituciones y por qué causa, ya se ha dicho; digamos ahora por qué hay más de las mencionadas, cuáles son y por qué, tomando como punto de partida lo que dijimos antes. Pues admitimos que toda ciudad tiene no una sola parte, sino varias. Así pues, igual que si nos propusiéramos captar las especies de los animales, primero determinaríamos qué partes debe tener necesariamente todo animal (por ejemplo, algunos de los órganos de los sentidos y el órgano que elabora y recibe el alimento, como la boca y el estómago, y además las partes con las que se mueve cada uno de ellos); y si estas fueran las únicas, pero hubiera variedades de ellas (me refiero a que hay varias clases de boca y de estómago y de órganos sensoriales, y además también de órganos de movimiento), el número de combinaciones de estos producirá necesariamente varias especies de animales (pues no es posible que el mismo animal tenga varias clases diferentes de boca, ni tampoco de orejas), de modo que cuando se tomen todas las combinaciones posibles de estos, producirán especies de animal, y habrá tantas especies del animal cuantas sean las combinaciones de las partes necesarias; del mismo modo también con las constituciones mencionadas.

Pues las ciudades tampoco están compuestas de una sola parte sino de muchas, como se ha dicho muchas veces. Una, pues, es el grupo dedicado a la alimentación, los llamados agricultores; la segunda es la llamada artesanal (esta es la que se ocupa de las artes sin las cuales es imposible que se habite una ciudad; de estas artes, unas deben existir por necesidad, otras para el lujo o para vivir bien); la tercera es la del mercado (me refiero a la del mercado, la que pasa el tiempo en las ventas y las compras y en el comercio y el menudeo); la cuarta es la de los jornaleros; la quinta clase es la de los guerreros, que no es menos necesaria que aquellas, si es que no han de ser esclavos de los invasores. Pues no puede ser en absoluto que merezca llamarse ciudad la que por naturaleza es esclava; pues la ciudad es autosuficiente, pero lo esclavo no es autosuficiente.

Por eso en la República esto está dicho con ingenio, pero no adecuadamente. Pues Sócrates dice que la ciudad está compuesta de cuatro elementos completamente necesarios, y menciona estos: el tejedor, el agricultor, el zapatero y el constructor; luego añade, como si estos no bastaran, al herrero y a los que se ocupan del ganado necesario, y además al comerciante y al tendero; y con todos estos se completa la primera ciudad, como si toda ciudad estuviera constituida en función de lo necesario y no más bien de lo noble, y necesitara por igual zapateros y agricultores. Pero la clase guerrera no la asigna como parte hasta que, al extenderse el territorio y entrar en contacto con el de los vecinos, caen en la guerra. Sin embargo, también entre los cuatro o cuantos sean los asociados, es necesario que haya alguien que asigne y juzgue lo justo. Por tanto, si uno considerara que el alma es parte del animal más que el cuerpo, también debe considerar más propias de las ciudades las partes de este tipo que las que contribuyen al uso necesario: lo militar y lo que participa de la justicia judicial, y además de esto lo deliberativo, que es función de la inteligencia política.

Y no importa para el argumento si estas funciones corresponden a unos separadamente o a los mismos; pues a menudo ocurre que los mismos sirven como soldados y cultivan la tierra. De modo que si tanto estas como aquellas deben considerarse partes de la ciudad, es evidente que al menos lo militar es una parte necesaria de la ciudad. La séptima es la que presta servicios públicos con sus propiedades, la que llamamos acomodados. La octava es la administrativa y la que presta servicios en torno a los cargos, puesto que es imposible que exista una ciudad sin gobernantes. Es necesario, pues, que haya algunos capaces de gobernar y que presten a la ciudad este servicio de forma continua o por turnos. Quedan aquellas de las que acabamos de hablar hace un momento: la deliberativa y la que juzga sobre lo justo entre los que lo disputan. Por tanto, si esto debe darse en las ciudades, y darse bien y justamente, es necesario también que haya algunos que participen de la virtud propia de los políticos.

Pues bien, a muchos les parece que las demás capacidades pueden darse en los mismos, por ejemplo, que los mismos sean los guerreros y los agricultores y los artesanos, y además los que deliberan y los que juzgan; y todos reclaman también la virtud, y creen que pueden ejercer la mayoría de los cargos; pero ser pobre y rico a la vez es imposible. Por eso estos parecen ser sobre todo partes de la ciudad: los acomodados y los pobres. Además, como generalmente los unos son pocos y los otros muchos, estas partes opuestas aparecen como los sectores de la ciudad. De modo que también establecen los regímenes según la preponderancia de estos, y parecen existir dos constituciones: la democracia y la oligarquía. Que existen varias constituciones y por qué causas, se ha dicho antes; digamos ahora que hay también varias formas de democracia y de oligarquía.

Esto resulta evidente también de lo dicho. Pues hay varias formas tanto del pueblo como de los llamados notables: por ejemplo, formas del pueblo son, una, los agricultores; otra, la que se ocupa de las artes; otra, la del mercado, la que pasa el tiempo en la compra y la venta; otra, la que se dedica al mar, y de esta, una es la militar, otra la comercial, otra la de transporte y otra la pesquera (pues en muchos lugares cada una de estas es numerosa, como los pescadores en Tarento y Bizancio, la tripulación de trirremes en Atenas, la comercial en Egina y Quíos, la de transporte en Ténedos); además de estas, la de los jornaleros y la que tiene poca propiedad como para no poder vivir sin trabajar, además la que no es libre por ambos padres, y si hay alguna otra forma de multitud de este tipo; de los notables son la riqueza, la nobleza, la virtud, la educación y las demás cualidades mencionadas según la misma diferencia.

Pues bien, la primera democracia es la que más se llama así según la igualdad. Pues la ley de tal democracia llama igualdad a que no predominen más los pobres que los ricos, ni que ninguno de los dos sea soberano, sino que ambos sean semejantes. Pues si la libertad se da sobre todo en la democracia, como suponen algunos, y la igualdad, así se daría sobre todo, cuando todos participen de la constitución de la manera más semejante. Y puesto que el pueblo es más numeroso, y lo que parece a la mayoría es soberano, necesariamente esta es una democracia. Esta es, pues, una forma de democracia: aquella en la que los cargos se asignan según los patrimonios, siendo estos pequeños; pero debe haber posibilidad de que participe el que los adquiera y que no participe el que los pierda; otra forma de democracia es aquella en la que participan todos los ciudadanos que no tienen cargos pendientes de rendir cuentas, pero gobierna la ley; otra forma de democracia es aquella en la que todos pueden participar de los cargos con solo ser ciudadanos, pero gobierna la ley;

otra forma de democracia es aquella en la que lo demás es igual, pero es soberana la multitud y no la ley. Esto ocurre cuando los decretos son soberanos y no la ley; y esto sucede por causa de los demagogos. Pues en las democracias que se rigen por la ley no surge el demagogo, sino que los mejores ciudadanos están en primer lugar; pero donde las leyes no son soberanas, allí surgen los demagogos. Pues el pueblo se vuelve monarca, uno compuesto de muchos; pues los muchos son soberanos no como individuos sino todos juntos. Homero dice que no es bueno el gobierno de muchos, pero no está claro si se refiere a este caso o a cuando los que gobiernan son varios como individuos. Pues bien, tal pueblo, al ser monarca, busca ejercer la monarquía por no estar gobernado por la ley, y se vuelve despótico, de modo que los aduladores son honrados, y tal pueblo es análogo entre las monarquías a la tiranía.

Por eso también el carácter es el mismo, y ambos son despóticos con los mejores, y los decretos son como allí las órdenes, y el demagogo y el adulador son los mismos y análogos. Y sobre todo cada uno de ellos tiene poder con cada uno: los aduladores con los tiranos, los demagogos con los pueblos de este tipo. Y son estos los responsables de que los decretos sean soberanos y no las leyes, porque lo refieren todo al pueblo; pues ocurre que llegan a ser poderosos porque el pueblo es soberano de todo, y ellos lo son de la opinión del pueblo, pues la multitud les obedece. Además, los que acusan a los magistrados dicen que el pueblo debe juzgar, y este acepta gustosamente la invitación; de modo que se destruyen todos los cargos. Parecería razonable la crítica del que afirma que tal democracia no es una constitución.

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Pues donde no gobiernan las leyes, no hay régimen político. Debe gobernar la ley sobre todo, y las magistraturas sobre cada asunto particular, y así hay que juzgar el régimen. De modo que, si la democracia es uno de los regímenes, es evidente que tal organización, en la que todo se administra mediante decretos, ni siquiera es propiamente democracia; porque ningún decreto puede ser universal. Queden pues diferenciadas así las formas de democracia. En cuanto a las formas de oligarquía, una es aquella en que las magistraturas se basan en patrimonios tan elevados que los pobres, aunque sean más numerosos, no participan, pero puede participar en el régimen quien adquiera esos bienes; otra es cuando las magistraturas dependen de patrimonios elevados y ellos mismos eligen a quienes completan el número (si hacen esto eligiendo de entre todos, parece más bien aristocrático, pero si lo hacen de entre algunos determinados, oligárquico).

Otra forma de oligarquía es cuando el hijo sucede al padre; la cuarta es cuando se da lo que acabamos de mencionar y no gobierna la ley sino los gobernantes. Esta corresponde entre las oligarquías a lo que la tiranía entre las monarquías, y a la democracia sobre la que hablamos en último lugar entre las democracias. A esta clase de oligarquía la llaman dinastía. Así pues, estas son las formas de oligarquía y de democracia. Pero no debe pasar inadvertido que en muchos lugares ocurre que el régimen según las leyes no es democrático, pero debido a la costumbre y la educación se gobierna democráticamente, y de modo semejante también ocurre en otros lugares a la inversa: el régimen según las leyes es más democrático, pero por la educación y las costumbres se gobierna más oligárquicamente. Esto sucede sobre todo después de los cambios de régimen; pues no cambian de inmediato, sino que se contentan al principio con obtener pequeñas ventajas unos sobre otros, de modo que las leyes anteriores permanecen, pero dominan quienes han cambiado el régimen.

Que existen tantas formas de democracia y de oligarquía, resulta evidente por lo que se ha dicho. Pues necesariamente o bien todos los sectores mencionados del pueblo participan del régimen, o unos sí y otros no. Cuando el sector agrícola y el que posee una propiedad moderada son soberanos en el régimen, se gobiernan conforme a las leyes (pues tienen con qué vivir trabajando, pero no pueden estar ociosos, de modo que, tras establecer la ley, se reúnen en asamblea solo en las asambleas necesarias), y a los demás les está permitido participar cuando adquieran el patrimonio definido por las leyes; por eso a todos los que lo adquieran les está permitido participar. Pues, en términos generales, que no se permita a todos es oligárquico, pero disponer de ocio es imposible si no hay ingresos. Esta es pues una forma de democracia por estas causas; otra forma se da por la siguiente distinción:

también puede permitirse a todos los que no tienen tacha en su origen participar, pero solo participan quienes pueden estar ociosos; por eso en tal democracia gobiernan las leyes, al no haber ingresos. Una tercera forma es cuando se permite a todos los que sean libres participar del régimen, pero no participan por la razón antes mencionada, de modo que también en esta debe gobernar la ley. Una cuarta forma de democracia es la que ha surgido en las ciudades en último lugar en el tiempo. Pues al haberse hecho las ciudades mucho mayores que al principio y existir abundancia de ingresos, todos participan del régimen por el predominio de la multitud, y participan y ejercen la política porque incluso los pobres pueden estar ociosos al recibir un salario. Y sobre todo tiene ocio tal multitud; pues nada les impide ocuparse de sus asuntos privados, mientras que a los ricos sí les impide, de modo que a menudo no participan de la asamblea ni de los tribunales.

Por eso la multitud de los pobres se hace soberana del régimen, y no las leyes. Así pues, las formas de democracia son tantas y tales por estas necesidades, y estas son las de la oligarquía: cuando más personas poseen propiedad, pero menor y no muy abundante, se da la primera forma de oligarquía; pues dan la posibilidad de participar a quien adquiera, y por ser numerosos quienes participan en el gobierno, necesariamente no los hombres sino la ley es soberana (pues cuanto más se alejan de la monarquía, y no tienen tanta propiedad como para estar ociosos sin ocuparse ni tan poca como para ser mantenidos por la ciudad, necesariamente reclaman que gobierne la ley y no ellos mismos). Pero si son menos quienes poseen las propiedades que antes, pero las poseen mayores, se da la segunda forma de oligarquía:

pues al ser más fuertes, pretenden tener más ventajas, por lo que ellos mismos eligen de entre los demás a quienes entran en el gobierno, pero al no ser todavía tan fuertes como para gobernar sin ley, establecen una ley de tal tipo. Y si se intensifica esto al ser menos y tener patrimonios mayores, se produce el tercer grado de oligarquía, que consiste en ocupar ellos mismos las magistraturas, pero según una ley que ordena que sucedan los hijos a los padres que mueren. Cuando ya exceden mucho en patrimonios y en abundancia de amigos, tal dinastía está cerca de la monarquía, y se hacen soberanos los hombres y no la ley; y esta es la cuarta forma de oligarquía, que corresponde a la última de la democracia. Además existen dos regímenes aparte de la democracia y la oligarquía, uno de los cuales todos lo mencionan y se ha dicho que es una de las cuatro formas de régimen (mencionan cuatro: monarquía, oligarquía, democracia, y como cuarta la llamada aristocracia).

La quinta es la que se denomina con el nombre común de todas (pues la llaman régimen político), pero por no darse frecuentemente pasa inadvertida a quienes intentan enumerar las formas de regímenes, y usan solo las cuatro (como Platón) en sus regímenes. Ahora bien, es correcto llamar aristocracia a aquella de la que tratamos en los primeros razonamientos (pues al régimen formado por los mejores en sentido absoluto según la virtud, y no por hombres buenos con relación a cierta suposición, solo a este es justo llamarlo aristocracia; pues solo en este es el mismo hombre bueno en sentido absoluto y buen ciudadano, mientras que en los demás son buenos con relación a su propio régimen). Sin embargo, existen algunas que tienen diferencias tanto respecto a las oligarquías [y son llamadas aristocracias] como respecto al llamado régimen político. Pues donde eligen las magistraturas no solo según la riqueza sino también según la excelencia, este régimen difiere de ambos y se llama aristocrático.

Pues también en los regímenes que no hacen del cuidado de la virtud un asunto común, hay sin embargo algunos que gozan de buena reputación y parecen ser decentes. Así pues, donde el régimen atiende a la riqueza, la virtud y el pueblo, como en Cartago, este es aristocrático, y también donde atiende solo a dos, como el de los lacedemonios, a la virtud y al pueblo, y es una mezcla de estos dos, democracia y virtud. Así pues, además de la primera, que es el mejor régimen, hay dos formas de aristocracia, y una tercera la constituyen aquellas del llamado régimen político que se inclinan más hacia la oligarquía. Nos queda por hablar del llamado régimen político y de la tiranía. Hemos ordenado así las cosas al no ser desviación ni este régimen ni las aristocracias recién mencionadas, porque en verdad todos han errado respecto al régimen más correcto, y luego se enumeran junto con estos y son desviaciones de estos, tal como dijimos al principio.

Es razonable hacer mención en último lugar de la tiranía, porque esta es la que menos de todas es un régimen, y nuestra investigación trata sobre el régimen. Así pues, se ha dicho por qué causa se ha ordenado de este modo; ahora debemos exponer lo referente al régimen político. Pues su naturaleza es más evidente una vez diferenciadas la oligarquía y la democracia. El régimen político es, por decirlo simplemente, una mezcla de oligarquía y democracia. Pero suelen llamar regímenes políticos a los que se inclinan hacia la democracia, y aristocracias a los que lo hacen más hacia la oligarquía, porque educación y nobleza acompañan más a los ricos. Además, los ricos parecen tener aquello por lo cual delinquen los que cometen injusticias; por eso también los llaman caballeros y nobles. Pues como la aristocracia quiere conceder la superioridad a los mejores de los ciudadanos, también dicen que las oligarquías están formadas más por los caballeros.

Parece ser imposible que esté bien gobernada una ciudad que no es gobernada aristocráticamente sino por los malvados, y del mismo modo que sea gobernada aristocráticamente la que no está bien gobernada. Pero no consiste el buen gobierno en que las leyes estén bien establecidas si no se les obedece. Por eso debe entenderse que una forma de buen gobierno es obedecer a las leyes establecidas, y otra que las leyes a las que se atienen estén bien establecidas (pues es posible obedecer incluso a leyes mal establecidas). Esto puede darse de dos modos: o bien según las mejores leyes posibles para ellos, o bien según las mejores en sentido absoluto. Parece que es aristocracia sobre todo cuando los honores se han distribuido según la virtud (pues el criterio de la aristocracia es la virtud, el de la oligarquía la riqueza, y el del pueblo la libertad). Pero aquello que parezca a la mayoría se da en todas; pues tanto en la oligarquía como en la aristocracia y en las democracias, lo que parezca a la mayor parte de quienes participan del régimen, eso es lo que tiene autoridad.

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Pues bien, en la mayoría de las ciudades se llama «régimen político» a esta forma de constitución, ya que la mezcla apunta únicamente a los ricos y a los pobres, a la riqueza y a la libertad (pues entre la mayoría los ricos parecen ocupar el lugar de los hombres nobles y buenos). Pero dado que son tres los elementos que se disputan la igualdad en el régimen político —libertad, riqueza y virtud (el cuarto, al que llaman nobleza de nacimiento, acompaña a los dos anteriores, pues la nobleza de nacimiento es riqueza y virtud antiguas)—, es evidente que la mezcla de los dos primeros, ricos y pobres, ha de llamarse régimen político, mientras que la mezcla de los tres ha de llamarse aristocracia más que ninguna otra, aparte de la verdadera y primera. Así pues, queda dicho que existen también otras formas de constitución además de la monarquía, la democracia y la oligarquía, y cuáles son éstas, y en qué se diferencian entre sí las aristocracias y los regímenes políticos, y que éstas no están lejos unas de otras, es evidente.

De qué modo se origina el llamado régimen político junto a la democracia y la oligarquía, y cómo debe establecerse, hablemos a continuación de lo ya dicho. Al mismo tiempo quedará claro también con qué rasgos se definen la democracia y la oligarquía. Es preciso, en efecto, tomar la distinción entre éstas y luego, tomando de cada una como una contraseña, componer a partir de ambas. Hay tres criterios de composición y mezcla. O bien hay que tomar ambas cosas que legislan unos y otros, por ejemplo en lo relativo a juzgar (pues en las oligarquías establecen una multa para los ricos si no juzgan, pero ningún pago para los pobres, mientras que en las democracias hay pago para los pobres pero ninguna multa para los ricos; lo común e intermedio de ambas es esto: ambas cosas, por lo cual es también propio del régimen político, pues está mezclado de ambos). Éste es, pues, un modo de combinación. Otro es tomar el término medio de lo que establecen unos y otros, por ejemplo, participar en la asamblea, unos a partir de ningún requisito de propiedad o de uno muy pequeño, otros a partir de un requisito de propiedad grande; lo común no es ninguno de los dos, sino el requisito de propiedad intermedio entre ambos.

El tercer modo es a partir de ambas ordenaciones: unas del ordenamiento oligárquico, otras del democrático. Quiero decir, por ejemplo, que parece democrático que los cargos sean por sorteo, oligárquico que sean electivos; y democrático que no dependan de un requisito de propiedad, oligárquico que dependan de él. Así pues, es aristocrático y propio del régimen político tomar de cada uno lo de cada cual: de la oligarquía hacer electivos los cargos, de la democracia que no dependan de un requisito de propiedad. Lo mejor para la mayoría es la moderación; en la ciudad quiero estar en posición intermedia. Es evidente, pues, que también la comunidad política es la mejor cuando se basa en los intermedios, y que pueden estar bien gobernadas aquellas ciudades en las que hay mucho de la clase media y ésta es superior, preferiblemente a ambos extremos, o si no, a uno de ellos. Pues al sumarse produce inclinación e impide que se produzcan los excesos contrarios.

Por eso es una grandísima fortuna que los ciudadanos posean una propiedad media y suficiente, porque donde unos poseen muchísimo y otros nada, o bien se produce una democracia extrema, o bien una oligarquía sin mezcla, o bien una tiranía a causa de ambos excesos. Pues la tiranía surge tanto de la democracia más desenfrenada como de la oligarquía, pero mucho menos de los regímenes medios y próximos a ellos. La causa de esto la diremos más adelante, en lo relativo a los cambios de regímenes. Que el régimen medio es el mejor es evidente, pues es el único sin facciones. Donde es abundante la clase media, se producen muy raramente facciones y divisiones entre los ciudadanos. Y las ciudades grandes son más libres de facciones por la misma causa: porque es abundante la clase media. En las ciudades pequeñas, en cambio, es fácil dividir a todos en dos, de modo que no quede nada intermedio, y casi todos son pobres o ricos.

También las democracias son más seguras que las oligarquías y más duraderas gracias a los de clase media (pues son más numerosos y participan más de los honores en las democracias que en las oligarquías). Pero cuando sin éstos los pobres se exceden en número, sobreviene la calamidad y perecen rápidamente. Debe considerarse también como señal que los mejores legisladores han sido de los ciudadanos medios: Solón fue de éstos (lo muestra por su poesía), y Licurgo (pues no era rey), y Carondas, y casi la mayoría de los demás. Por esto resulta evidente también por qué la mayoría de los regímenes son democráticos u oligárquicos. Pues a causa de que en ellas a menudo es escasa la clase media, siempre cualesquiera que predominan, ya sean los que poseen propiedades o el pueblo, los que se alejan del término medio conducen el régimen según sus intereses, de modo que se produce o bien democracia o bien oligarquía.

Además de esto, a causa de que se producen facciones y luchas entre el pueblo y los ricos, cualesquiera de ellos que resulten vencer a sus contrarios no establecen un régimen común e igualitario, sino que toman como premio de la victoria la superioridad en el régimen, y unos hacen democracia, otros oligarquía. Además, también los que han alcanzado la hegemonía de Grecia, mirando cada uno hacia su propio régimen, establecieron en las ciudades unos democracias, otros oligarquías, sin considerar el interés de las ciudades sino el suyo propio. De modo que por estas causas el régimen medio no se ha producido nunca, o pocas veces y en pocos lugares. Pues un solo hombre, el único de los que antes alcanzaron la hegemonía, se dejó persuadir para conceder este orden. Y ya se ha establecido como costumbre entre los de las ciudades ni siquiera querer la igualdad, sino buscar mandar o soportar ser dominados.

Cuál es, pues, el mejor régimen, y por qué causa, resulta evidente de esto. En cuanto a los demás regímenes, puesto que afirmamos que hay varias democracias y varias oligarquías, cuál hay que considerar primera, cuál segunda, y así sucesivamente según sea mejor o peor, una vez determinado cuál es el mejor, no es difícil verlo. Pues necesariamente será mejor siempre la más cercana a éste, y peor la más alejada del término medio, a menos que se juzgue en relación con una hipótesis. Llamo «en relación con una hipótesis» al hecho de que muchas veces, siendo preferible un régimen distinto, nada impide que para algunos convenga más otro régimen. Qué régimen conviene a quiénes y qué tipo a cuáles, es lo que sigue de lo dicho. Hay que tomar primero, en términos generales, lo mismo respecto a todos: es necesario que sea más fuerte la parte de la ciudad que quiere que el régimen permanezca que la que no lo quiere.

Toda ciudad se compone de cualidad y cantidad. Llamo cualidad a libertad, riqueza, educación, nobleza de nacimiento; cantidad, a la superioridad numérica. Es posible que la cualidad corresponda a una parte de las que componen la ciudad, y la cantidad a otra parte distinta; por ejemplo, que los de nacimiento no noble sean más numerosos que los de noble nacimiento, o los pobres que los ricos, pero sin que excedan en cantidad tanto como quedan por debajo en cualidad. Por eso hay que comparar estas cosas entre sí. Así pues, donde la multitud de pobres excede la proporción mencionada, allí tiende a haber democracia, y cada forma de democracia según la superioridad de cada pueblo; por ejemplo, si sobresale la multitud de campesinos, la primera democracia; si la de artesanos y asalariados, la última; y de modo semejante las demás intermedias.

Donde la clase de los ricos y notables sobresale más en cualidad de lo que queda por debajo en cantidad, allí hay oligarquía, y cada forma de oligarquía del mismo modo según la superioridad de la multitud oligárquica. El legislador debe siempre incorporar en el régimen a los de clase media. Pues si establece leyes oligárquicas, debe apuntar a los de clase media, y si democráticas, atraerlos con las leyes. Donde la multitud de los de clase media supera a ambos extremos juntos, o incluso a uno solo de ellos, allí es posible que haya un régimen estable. Pues no hay temor de que alguna vez los ricos se pongan de acuerdo con los pobres contra éstos. Nunca querrán unos servir a los otros, y si buscan algo más común, no encontrarán ningún otro régimen que éste. Pues no soportarían gobernar por turnos a causa de la desconfianza mutua. Por todas partes el más fiable es el árbitro, y árbitro es el de clase media.

Cuanto mejor esté mezclado el régimen, tanto más estable será. Pero yerran muchos, incluso de los que quieren hacer regímenes aristocráticos, no sólo en conceder más a los ricos, sino también en engañar al pueblo. Pues necesariamente con el tiempo de los bienes falsos surge un mal verdadero. Las ambiciones de los ricos destruyen más el régimen que las del pueblo. Los ardides con los que se engaña al pueblo en los regímenes son cinco en número: respecto a la asamblea, respecto a los cargos, respecto a los tribunales, respecto al armamento, respecto a la gimnasia. Respecto a la asamblea, permitir a todos participar en ella, pero establecer multa para los ricos si no participan, sólo para ellos o mucho mayor; respecto a los cargos, que a los que poseen el requisito de propiedad no les sea posible declinar bajo juramento, pero sí a los pobres; y respecto a los tribunales, que haya multa para los ricos si no juzgan, pero impunidad para los pobres, o para unos grande y para otros pequeña, como en las leyes de Carondas.

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En algunos lugares está permitido a todos los que se inscriben participar en la asamblea y actuar como jueces, pero si tras inscribirse no asisten a la asamblea ni juzgan, se les imponen grandes multas, para que por la multa eviten inscribirse, y por no inscribirse no juzguen ni asistan a la asamblea. Del mismo modo legislan también respecto a la posesión de armas y al entrenamiento. A los pobres se les permite no poseerlas, pero a los ricos se les multa si no las poseen, y si no se entrenan, a los primeros ninguna multa, pero a los ricos sí se les multa, para que unos participen por la multa, y otros no participen por no temer nada. Estos son, pues, artificios oligárquicos de la legislación; en las democracias, en cambio, emplean artificios contrarios a estos. A los pobres les proporcionan una remuneración por asistir a la asamblea y juzgar, mientras que a los ricos no les imponen ninguna multa. De modo que resulta evidente que si alguien quiere combinar ambos con justicia, debe reunir las prácticas de ambos lados y proporcionar a unos remuneración y a otros multa.

Así participarían todos, mientras que de la otra manera el régimen político pertenece solo a uno de los dos grupos. El régimen político debe estar formado únicamente por los que poseen armas; pero respecto al censo, su cuantía no puede establecerse de forma absoluta diciendo que debe ser tal o cual, sino que hay que examinar cuál es la cantidad máxima que permite que quienes participan en el régimen político sean más numerosos que los que no participan, y fijar esa. Pues los pobres, incluso sin participar en los honores, están dispuestos a permanecer tranquilos, siempre que nadie los ultraje ni les arrebate nada de su propiedad. Pero esto no es fácil; pues no siempre resulta que quienes participan en el gobierno sean amables. Y suelen, cuando hay guerra, mostrarse reticentes si no reciben sustento, por ser pobres; pero si alguien les proporciona sustento, quieren hacer la guerra. En algunos lugares el régimen político no está formado solo por los que sirven como hoplitas, sino también por los que han servido como hoplitas.

En Maliea el régimen político estaba formado por estos, pero las magistraturas las elegían entre los que estaban en servicio activo. Y el primer régimen político entre los griegos después de las monarquías se formó a partir de los combatientes, al principio a partir de los jinetes (pues el poder y la superioridad en la guerra residían en los jinetes; en efecto, sin organización la infantería pesada era inútil, y la experiencia y las formaciones en tales asuntos no existían entre los antiguos, de modo que el poder residía en los jinetes), pero al crecer las ciudades y fortalecerse más quienes combatían con armas pesadas, más personas participaban en el régimen político; por eso lo que ahora llamamos regímenes políticos, antes lo llamaban democracias; y los antiguos regímenes políticos eran razonablemente oligárquicos y monárquicos. Pues por la escasez de población no tenían una clase media numerosa, de modo que, siendo pocos en número y débiles en organización, soportaban ser gobernados.

Por qué razón hay, pues, varios regímenes políticos, y por qué hay otros además de los mencionados (pues la democracia no es una en cuanto al número, e igualmente ocurre con los demás), además cuáles son las diferencias y por qué razón se producen, y también cuál es el mejor de los regímenes políticos hablando en términos generales, y de los demás cuál se ajusta a cuáles, ya se ha dicho. Hablemos de nuevo, tanto en general como por separado acerca de cada uno, respecto a lo que sigue, tomando el principio que les corresponde. Hay tres partes en todos los regímenes políticos, acerca de las cuales el buen legislador debe examinar lo que conviene a cada uno; cuando estas están bien, el régimen político necesariamente está bien, y los regímenes políticos se diferencian unos de otros en que cada una de estas partes es diferente. De estas tres partes, una es la que delibera sobre los asuntos comunes, la segunda la relativa a las magistraturas, es decir, cuáles deben existir y de qué deben ser soberanas, y de qué modo debe hacerse su elección, y la tercera es la que juzga.

El órgano deliberativo es soberano respecto a la guerra y la paz, las alianzas y su disolución, las leyes, la pena de muerte, el destierro y la confiscación, y la elección de magistrados y la rendición de cuentas. Es necesario que todas estas decisiones se atribuyan a todos los ciudadanos o todas a algunos (por ejemplo a una sola magistratura o a varias, o unas a unos y otras a otros), o algunas de ellas a todos y otras a algunos. Que todos decidan sobre todo es democrático; pues el pueblo busca tal igualdad. Hay varios modos de que todos participen: uno es por turnos y no todos a la vez (como ocurre en el régimen político de Telecles el Milesio; y en otros regímenes políticos también deliberan las diversas magistraturas reuniéndose, pero todos acceden a las magistraturas por turnos desde las tribus y las partes más pequeñas posibles, hasta que haya pasado por todos), y reunirse solo para la promulgación de leyes y los asuntos relativos al régimen político, y para escuchar las órdenes de los magistrados.

Otro modo es que todos se reúnan a la vez, pero solo para las elecciones de magistrados, la legislación, la guerra y la paz, y las rendiciones de cuentas, y que sobre los demás asuntos deliberen las magistraturas designadas para cada uno, siendo estas elegidas o sorteadas de entre todos; otro modo es que los ciudadanos se reúnan para las magistraturas y las rendiciones de cuentas, y para deliberar sobre la guerra y las alianzas, y que las magistraturas administren los demás asuntos, siendo estas elegidas, todas las que sea posible, y tales son aquellas en que es necesario que gobiernen los entendidos; un cuarto modo es que todos se reúnan para deliberar sobre todo, y que las magistraturas no decidan sobre nada sino que solo hagan instrucciones previas, que es el modo en que se administra ahora la democracia extrema, la cual decimos que es análoga a la oligarquía dinástica y a la monarquía tiránica. Todos estos modos, pues, son democráticos, pero que algunos decidan sobre todo es oligárquico.

Y esto también tiene varias diferencias. Pues cuando son elegidos a partir de censos moderados y son más numerosos debido a la moderación del censo, y no alteran aquello que la ley prohíbe sino que la siguen, y está permitido participar a quien adquiera el censo, tal régimen es oligárquico pero moderado debido a su moderación; cuando no todos participan en la deliberación sino personas selectas, y gobiernan según la ley como antes, es oligárquico; cuando los soberanos de la deliberación se eligen a sí mismos, y cuando el hijo sucede al padre y son soberanos de las leyes, necesariamente este orden es oligárquico. Cuando sobre algunas cosas deciden algunos, por ejemplo sobre la guerra y la paz y las rendiciones de cuentas todos, y sobre las demás los magistrados, y estos son elegidos, no sorteados, el régimen político es aristocrático. Si de algunos asuntos deciden personas elegidas y de otros personas sorteadas, ya sea por sorteo simple o de entre preseleccionados, o conjuntamente elegidas y sorteadas, unas cosas son de régimen político aristocrático y otras del régimen político mismo.

Así se ha dividido el órgano deliberativo en relación con los regímenes políticos, y cada régimen político se administra según la distinción mencionada; conviene a la democracia que más parece democracia actualmente (hablo de aquella en que el pueblo es soberano incluso sobre las leyes) hacer respecto a la deliberación lo mismo que en los tribunales en las oligarquías (pues imponen multa a aquellos que quieren que juzguen, para que juzguen, mientras que los demócratas dan remuneración a los pobres), hacer esto también respecto a las asambleas (pues deliberarán mejor deliberando todos conjuntamente, el pueblo con los notables, y estos con la multitud), conviene también que los que deliberan sean elegidos, o sorteados en igual número de las partes, y conviene, aunque los demócratas superen con mucho en número a los del régimen político, no dar remuneración a todos, sino a tantos como sean proporcionales al número de los notables, o excluir por sorteo a los que excedan.

En las oligarquías, o bien agregar a algunas personas de la multitud, o bien establecer una magistratura como la que existe en algunos regímenes políticos a la que llaman consejo preliminar y guardianes de las leyes, y tratar los asuntos sobre los que estos hayan deliberado previamente (pues así el pueblo participará en la deliberación y no podrá abolir nada relativo al régimen político), además que el pueblo vote lo mismo o nada contrario a lo que se propone, o dar participación en la consulta a todos, pero que deliberen los magistrados. Y debe hacerse lo contrario de lo que ocurre en los regímenes políticos. Pues debe hacerse al pueblo soberano cuando vota en contra, pero no soberano cuando vota a favor, sino que debe remitirse de nuevo a los magistrados. Pues en los regímenes políticos hacen lo contrario: los pocos son soberanos cuando votan en contra, pero cuando votan a favor no son soberanos, sino que siempre se remite a los más. Acerca del órgano deliberativo y del soberano del régimen político quede determinado de este modo.

A continuación viene la división relativa a las magistraturas. Pues también esta parte del régimen político tiene muchas diferencias: cuántas magistraturas hay, y soberanas de qué, y respecto al tiempo, cuánto dura cada magistratura (pues unos las hacen de seis meses, otros de menos tiempo, otros anuales, otros de más larga duración), y si las magistraturas deben ser vitalicias o de larga duración o ninguna de las dos cosas sino varias veces las mismas personas, o no el mismo dos veces sino una sola vez, además acerca de la constitución de las magistraturas, de quiénes deben provenir y por quiénes y cómo. Pues respecto a todas estas cosas hay que poder distinguir de cuántos modos es posible que se den, y luego ajustar cuáles convienen a cuáles regímenes políticos. Pero ni siquiera es fácil determinar esto, cuáles hay que llamar magistraturas; pues la comunidad política necesita muchos encargados, por lo que no hay que considerar magistrados a todos los elegidos o sorteados, por ejemplo a los sacerdotes en primer lugar (pues esto debe considerarse algo distinto de las magistraturas políticas).

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Además se eligen también productores de coros, heraldos y embajadores. Las funciones de vigilancia son unas políticas, ya sea sobre todos los ciudadanos para alguna actividad, como el estratego sobre los que hacen campaña, ya sea sobre una parte, como el inspector de mujeres o el de niños; otras son económicas (pues con frecuencia se eligen distribuidores de trigo); otras son serviles, y para ellas, si tienen recursos, designan esclavos. Pero en términos generales hay que llamar magistraturas a aquellas a las que se ha asignado deliberar sobre ciertas cosas, juzgar y ordenar, y sobre todo esto último: ordenar es lo más propio del magistrado. Sin embargo, esto no supone ninguna diferencia práctica (pues todavía no se ha producido una sentencia entre quienes disputan sobre el nombre), pero comporta cierta dificultad teórica. Qué magistraturas y cuántas son necesarias para que exista una ciudad, y cuáles no son necesarias pero útiles para un buen régimen, podría resultar más problemático en todo régimen y especialmente en las ciudades pequeñas.

En las grandes ciudades es posible y necesario que una sola magistratura esté ordenada para una sola función (pues es posible que muchos accedan a las magistraturas por ser muchos los ciudadanos, de modo que unas se ejercen tras largo intervalo y otras una sola vez, y cada función recibe mejor atención cuando se ocupa de un solo asunto que de muchos); pero en las pequeñas es necesario concentrar muchas magistraturas en pocas personas (pues por la escasez de población no es fácil que haya muchos en las magistraturas: ¿quiénes les sucederán de nuevo?). Pero a veces las ciudades pequeñas necesitan las mismas magistraturas y leyes que las grandes; solo que las primeras necesitan las mismas con frecuencia, mientras que a las otras esto les ocurre con largos intervalos, por lo que nada impide asignar muchas funciones a la vez (pues no se estorban entre sí), y ante la escasez de población es necesario hacer las magistraturas como las lámparas-asador.

Así pues, si podemos decir cuántas es necesario que haya en toda ciudad, y cuántas no son necesarias pero deben existir, quien conozca esto vería más fácilmente qué magistraturas conviene reunir en una sola magistratura. También conviene no pasar por alto qué asuntos deben estar bajo muchas magistraturas según el lugar y de qué asuntos una sola magistratura debe tener autoridad en todas partes, por ejemplo, sobre el orden público, si debe haber un inspector de mercado en el mercado y otro distinto en cada otro lugar, o el mismo en todas partes; y si debe dividirse según el asunto o según las personas, quiero decir, por ejemplo, una sola magistratura para el orden público, u otra para los niños y otra para las mujeres; y también según los regímenes, si el tipo de magistraturas difiere según cada uno o en nada, por ejemplo, en democracia, oligarquía, aristocracia y monarquía, si las magistraturas que tienen autoridad son las mismas pero no proceden de iguales ni de semejantes, sino de diferentes en cada régimen, como en las aristocracias de los educados, en las oligarquías de los ricos, en las democracias de los libres, o si resulta que algunas existen incluso según las diferencias mismas de las magistraturas, y hay ocasiones en que las mismas convienen y ocasiones en que difieren (pues en unas partes conviene que las mismas sean grandes y en otras pequeñas).

Pero también hay algunas específicas, como la de los probulos: esta no es democrática. El consejo es propio del pueblo; pues debe haber algo así que se ocupe de deliberar previamente para el pueblo, para que este no se vea ocupado en ello, y esto, si son pocos en número, es oligárquico; pero los probulos necesariamente son pocos en número, de modo que es oligárquico. Sin embargo, donde existen ambas magistraturas, los probulos están establecidos sobre los consejeros; pues el consejero es democrático, pero el probulo oligárquico. El poder del consejo queda anulado también en aquellas democracias en las que el propio pueblo, reuniéndose, delibera sobre todo. Esto suele ocurrir cuando hay abundancia de pago para los que asisten a la asamblea; pues, teniendo ocio, se reúnen con frecuencia y juzgan todo ellos mismos. El inspector de niños y el de mujeres, y cualquier otro magistrado que tenga autoridad sobre tal vigilancia, son aristocráticos, pero no democráticos (pues ¿cómo es posible impedir salir a las mujeres de los pobres?), ni oligárquicos (pues las mujeres de los oligarcas viven en el lujo).

Pero dejemos estos temas aquí por ahora, y sobre el establecimiento de las magistraturas hay que intentar exponerlo desde el principio. Las diferencias están en tres términos, de cuya combinación necesariamente se obtienen todas las modalidades. De estos tres, uno es quiénes establecen las magistraturas, el segundo de entre quiénes, y el tercero de qué manera. Y de cada uno de estos tres hay tres diferencias. Pues o bien todos los ciudadanos establecen las magistraturas o algunos, y o bien de entre todos o de entre algunos determinados (por ejemplo, por renta, por linaje, por virtud o por algún otro criterio semejante, como en Mégara de entre los que regresaron del exilio juntos y lucharon junto al pueblo); y esto o por elección o por sorteo (y de nuevo estas cosas combinadas, quiero decir, unas algunas y otras todas, y unas de entre todos y otras de entre algunos, y unas por elección y otras por sorteo).

De cada una de estas diferencias habrá cuatro modalidades. Pues o todos de entre todos por elección, o todos de entre todos por sorteo, y o de entre todos, o por grupos, como por tribus, demos y fratrías, hasta que pase por todos los ciudadanos, o siempre de entre todos, o unas de un modo y otras del otro; a su vez, si algunos son los que establecen, o de entre todos por elección o de entre todos por sorteo, o de entre algunos por elección o de entre algunos por sorteo, o unas de un modo y otras del otro, quiero decir, unas [de entre todos] por elección y otras por sorteo <y unas de entre algunos por elección y otras por sorteo>. De modo que las modalidades son doce, aparte de las dos combinaciones. De estas, tres formas de establecimiento son democráticas: que todos de entre todos [sean designados] por elección o sorteo o ambas cosas, unas magistraturas por sorteo y otras por elección.

Que no todos sean establecidos a la vez, pero de entre todos o de entre algunos, ya por sorteo o por elección o ambas cosas, o unas de entre todos y otras de entre algunos por ambas (y «ambas» quiero decir unas por sorteo y otras por elección), es propio de un régimen mixto; y que algunos establezcan de entre todos, ya por elección o sorteo o ambas (unas por sorteo y otras por elección), es oligárquico; más oligárquico aún es que sea de ambas formas. Que unas magistraturas sean de entre todos y otras de entre algunos es propio de un régimen mixto con carácter aristocrático, ya unas por elección y otras por sorteo; que algunos de entre algunos <por elección>, oligárquico, y que algunos de entre algunos por sorteo (aunque esto no ocurra, igualmente), y que algunos de entre algunos por ambas. Que algunos de entre todos o que todos de entre algunos por elección, aristocrático. Así pues, las modalidades en lo que respecta a las magistraturas son tantas en número, y están divididas según los regímenes de este modo.

Qué conviene a quiénes y cómo deben producirse los establecimientos quedará claro junto con los poderes de las magistraturas [y] cuáles son. Llamo poder de una magistratura, por ejemplo, al que tiene autoridad sobre los ingresos y al que la tiene sobre la defensa; pues es distinto tipo de poder, por ejemplo, el del generalato y el de la autoridad sobre los contratos del mercado. Queda por hablar del tercero de los tres, el judicial. Hay que tomar las modalidades de este según la misma hipótesis. La diferencia de los tribunales está en tres términos: de entre quiénes, sobre qué y cómo. Digo de entre quiénes, si de entre todos o de entre algunos; sobre qué, cuántas clases de tribunales hay; cómo, si por sorteo o por elección. Primero, pues, divídase cuántas clases de tribunales hay. Son ocho en número: uno de rendición de cuentas; otro si alguien comete algún delito contra los intereses comunes; otro para lo que afecta al régimen; el cuarto, para magistrados y particulares, cuando disputan sobre multas; el quinto, sobre las transacciones privadas que tienen importancia; y además de estos, el de homicidio y el de extranjería (del homicidio, pues, las clases, ya sea con los mismos jueces o con otros, sobre los premeditados y sobre los involuntarios, y aquellos en que se reconoce el hecho pero se disputa sobre su justicia, y el cuarto, los que se presentan a los desterrados por homicidio a su regreso, como se dice que es en Atenas también el tribunal del Freato;

pero estos casos ocurren pocos en todo el tiempo incluso en las grandes ciudades; del de extranjería, uno de extranjeros contra extranjeros, otro de extranjeros contra ciudadanos); además de todos estos, sobre las pequeñas transacciones, las de un dracma, cinco dracmas o poco más. Pues también sobre estas debe haber juicio, pero no recae en una multitud de jueces. Pero dejemos estos y los de homicidio y los de extranjería, y hablemos de los políticos, sobre los cuales, si no se administran bien, se producen disensiones y perturbaciones de los regímenes. Es necesario que o todos juzguen sobre todo lo enumerado, por elección o por sorteo, o todos sobre todo, unas cosas por sorteo y otras por elección, o sobre algunos de los mismos asuntos, unos por sorteo y otros electos. Estas modalidades son, pues, cuatro en número.

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Otras tantas son también las formas particulares. Pues de nuevo, por una parte, los que juzgan sobre todos los asuntos proceden de algunos por elección, o bien de algunos sobre todos los asuntos por sorteo, o bien unos casos por sorteo y otros por elección, o bien algunos tribunales sobre los mismos asuntos están compuestos de miembros sorteados y de miembros elegidos. Estos modos, pues, como se ha dicho, son recíprocos a los mencionados. Y además están las combinaciones de los mismos, me refiero por ejemplo a que unos tribunales procedan de todos, otros de algunos y otros de ambos (como si de un mismo tribunal unos miembros procedieran de todos y otros de algunos), y sea por sorteo o por elección o por ambos procedimientos. Así pues, se han expuesto cuántos modos pueden darse en los tribunales. De estos, los primeros son democráticos, cuantos proceden de todos y juzgan sobre todos los asuntos; los segundos son oligárquicos, cuantos proceden de algunos y juzgan sobre todos los asuntos; los terceros son aristocráticos y propios del gobierno constitucional, cuantos en parte proceden de todos y en parte de algunos.

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